

El cambio
Hay gente que no pide cita por una razón que casi nunca dice en voz alta: el miedo a que lo que cuente salga de esa habitación. Por eso la pregunta de cuándo un psicólogo puede romper el secreto profesional se busca tanto y se contesta con tanta vaguedad. La versión corta: el secreto es la regla y romperlo es la excepción. Las excepciones están tasadas y ninguna incluye «me ha contado algo que me parece feo».
No es una promesa de buena voluntad. Es una obligación con dos capas: el artículo 199 del Código Penal, que castiga con prisión al profesional que divulga los secretos de otra persona, y el artículo 40 del Código Deontológico del Consejo General de la Psicología, que somete al deber de secreto toda la información recogida en el ejercicio de la profesión.
Qué protege exactamente el secreto profesional
No protege solo «lo que dices en sesión», sino todo lo que el psicólogo conoce por razón de su trabajo:
El hecho mismo de que eres paciente. Si tu jefe o tu pareja llaman preguntando si vas, no se confirma ni se desmiente.
El contenido de las sesiones, literal y en resumen.
Los datos administrativos: tu nombre en la agenda, tu teléfono, las fechas a las que vas, la factura.
Lo que dices en el pasillo o al confirmar la cita. El secreto no empieza al cerrarse la puerta.
Y no caduca: sigue vigente al terminar la terapia, al cambiar de profesional y cuando el psicólogo se jubila. El artículo 199.2 prevé prisión, multa e inhabilitación. Quien te atiende se juega la profesión, no una reprimenda.
Las cinco excepciones: cuándo está obligado a hablar
Conviene leerlas con calma, porque mucha gente se imagina más de las que hay.
1. Riesgo grave e inminente para tu vida. No «estar mal». Hablamos de ideación suicida con plan, medio y fecha, de autolesiones que escalan o de un trastorno alimentario con constantes alteradas. Se activa un protocolo que suele implicar a tu entorno o a un servicio sanitario.
2. Riesgo grave para un tercero identificable. Una amenaza concreta y seria contra alguien con nombre. Decir que «mataría a mi cuñado» no lo es; anunciar qué vas a hacer, a quién y cómo, sí.
3. Menores o personas dependientes en riesgo. Indicios de maltrato, abuso sexual o desatención grave. El artículo 262 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal obliga a quien conoce un delito público por razón de su profesión a comunicarlo, y la normativa de protección a la infancia refuerza ese deber.
4. Requerimiento judicial. Ni siquiera entonces se vuelca todo: se aporta lo pertinente, y el psicólogo puede invocar el secreto para que sea el juez quien delimite qué es imprescindible.
5. Tu propio consentimiento. La excepción más frecuente, porque la autorizas tú: un informe para un juzgado, para una mutua o para otro sanitario. Por escrito y con un alcance concreto.
Hay un sexto supuesto que en rigor no rompe nada: la supervisión clínica. El caso se discute anonimizado y el supervisor está sujeto al mismo deber.
Lo que no rompe el secreto, aunque mucha gente crea que sí
Nada de esto activa por sí solo un aviso a nadie:
Consumo de drogas, propio o de tu pareja. Nadie llama a la policía porque cuentes que llevas dos años con la cocaína; se trata, como explicamos en adicciones y dependencias.
Un delito ya cometido y sin víctima en riesgo actual. El deber de comunicar mira al daño evitable, no hacia atrás.
Una infidelidad, aunque tu pareja sea paciente del mismo centro. Por eso en terapia de pareja el encuadre sobre los secretos se pacta desde el principio.
Estar de baja y hacer vida normal. No se informa a tu empresa, a tu mutua ni al INSS. Si la mutua quiere un informe, lo pide con tu autorización.
Pensar en la muerte. La ideación pasiva —«ojalá no despertara»— es frecuente en consulta y no dispara ningún aviso. Lo que cambia el escenario es el plan, el medio y la inminencia.
Estar en situación irregular o no tener tarjeta sanitaria.
Si dudas de si tu caso entra aquí, puedes preguntarlo por teléfono antes de reservar y sin dar detalles. En la primera visita se explica el encuadre, que incluye los límites de la confidencialidad.
Cómo se rompe cuando toca: la forma también cuenta
Que exista causa no autoriza a contarlo todo ni de cualquier manera. Son cuatro pasos:
Se te avisa antes. Salvo que hacerlo aumente el riesgo, se te dice qué se va a comunicar, a quién y por qué.
Se comparte el mínimo imprescindible. El dato que evita el daño, no tu biografía. Si hay riesgo suicida se comunica el riesgo, no lo que contaste sobre tu matrimonio.
Se busca que estés presente. La conversación con tu familia o con urgencias se hace contigo delante, y muchas veces llamas tú con el psicólogo al lado.
Queda por escrito en la historia clínica: qué se comunicó, a quién y por qué. Eso te protege a ti tanto como al profesional.
En un riesgo vital el objetivo no es «denunciarte», es que llegues al día siguiente. Si estás en ese punto ahora, el 024 es gratuito, confidencial y funciona 24 horas.
Si el paciente es un menor
Los supuestos son los mismos, pero se cruza la patria potestad. Con carácter general, los padres de un menor de 16 años reciben información como representantes legales y, aun así, información no es transcripción: se les traslada el motivo de consulta, el plan y la evolución, no lo que cuenta palabra por palabra. Ese terreno tiene reglas propias —quién firma, qué pasa si los padres están separados, qué cambia a los 16— y lo desarrollamos en ir al psicólogo sin permiso de los padres.
El juzgado, la policía y los informes: quién pide qué
La policía pregunta por un paciente. Sin autorización judicial no se entrega información clínica.
Un juez requiere la historia clínica. Se atiende, acotado a lo pertinente al procedimiento; es habitual pedir al juzgado que concrete qué necesita.
Quieres usar tu terapia como prueba. Entonces eres tú quien levanta el secreto, por escrito y para un fin concreto. No es inocuo: lo aportado lo lee la otra parte.
Un informe para un divorcio o una custodia. Quien te trata no es un perito imparcial: puede emitir un informe asistencial —qué se ha trabajado, desde cuándo, cómo evolucionas— pero no valorar a alguien que no ha explorado.
Tu empresa o tu seguro. No reciben nada sin tu consentimiento expreso, y puedes limitarlo: fechas de asistencia sí, diagnóstico no.
Y esto solo obliga a quien está sujeto a ello. Si te atiende un «terapeuta» o un coach sin colegiación, no hay Código Deontológico ni colegio que sancione, y la diferencia se nota el día que hay un problema: lo explicamos en psicólogo, psicoterapeuta o coach. Comprobarlo lleva un par de minutos en el buscador de colegiados del Colegio Oficial de Psicología del Principado de Asturias. Si valoras medicación, el circuito es otro: psicólogo o psiquiatra.
Tu historia clínica: qué se apunta y cuánto se guarda
No es un diario de lo que dices. Es un documento sanitario con datos de categoría especial según el Reglamento General de Protección de Datos.
Qué contiene: motivo de consulta, antecedentes, evaluación, plan, evolución y consentimientos. En formato clínico, no narrativo.
Cuánto se conserva: la Ley 41/2002 fija un mínimo de cinco años desde el alta de cada proceso asistencial, y varias comunidades amplían el plazo.
Quién accede: tú y el profesional que te atiende. Tienes derecho a copia.
Los dos límites de tu acceso: las anotaciones subjetivas del profesional, que la ley le permite reservarse, y los datos de terceros que hablaron en confianza.
Lo que puedes ejercer: acceso, rectificación, limitación y oposición. El borrado tiene tope: mientras corra el plazo legal no se destruye aunque lo pidas.
Pregunta útil antes de empezar: dónde se guarda. Un cuaderno en un cajón sin llave protege peor que un software sanitario con control de accesos. Y si todavía dudas si consultar, ayuda leer cómo saber si necesitas ir al psicólogo.
Confidencialidad en videollamada
La terapia online por videollamada tiene el mismo marco legal que la presencial: idéntico deber de secreto y nada de grabar salvo autorización escrita tuya. Lo que cambia es dónde aparecen las fugas:
Tu espacio. El fallo que más se repite es conectarse desde el salón con gente en casa o desde el coche. Cascos y una puerta que cierre valen más que cualquier cifrado.
Tu dispositivo. Portátil compartido, historial y notificaciones en pantalla: perfil propio y avisos silenciados.
La plataforma. Con cifrado y contrato de encargo de tratamiento, no una app improvisada.
El correo y el WhatsApp. Redúcelos a lo logístico.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo puede un psicólogo romper el secreto profesional?
Solo en supuestos tasados: riesgo grave e inminente para tu vida, riesgo grave para un tercero identificable, indicios de maltrato o abuso sobre un menor o una persona dependiente, requerimiento judicial y tu propio consentimiento expreso. Fuera de ahí, revelar información es un delito del artículo 199 del Código Penal. Que un contenido sea incómodo, ilegal en el pasado o socialmente reprobable no es causa suficiente.
¿Cuándo puede un psicólogo romper la confidencialidad?
En los mismos casos, y con una forma concreta: avisándote antes salvo que hacerlo aumente el peligro, compartiendo el mínimo imprescindible, buscando que estés presente y dejando constancia escrita. La confidencialidad no se levanta «del todo»: se abre una rendija del tamaño exacto del riesgo que hay que evitar.
¿Cuándo un psicólogo debe denunciar?
La obligación más clara es comunicar indicios de delito contra un menor o una persona dependiente: maltrato, abuso sexual, desatención grave. El artículo 262 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal obliga a comunicarlo a la autoridad. También se comunica una amenaza seria y concreta contra alguien identificable. No hay deber de denunciar un delito pasado que no deja a nadie en riesgo actual, ni el consumo de drogas de un adulto. Y la vía a menudo no es la comisaría, sino los servicios sociales o el juzgado.
¿Qué puedo hacer si creo que se ha roto mi secreto profesional?
Tienes tres vías y no se excluyen entre sí. La primera es pedir por escrito una explicación al profesional o al centro: qué se comunicó, a quién y con qué base. La segunda es una queja ante el colegio oficial en el que esté colegiado, que puede abrir un expediente deontológico. La tercera es una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos, porque son datos de salud, y en los casos más graves queda la vía penal del artículo 199. Guarda fechas, correos y documentos: sin soporte, queda en tu palabra contra la suya.
¿Puede un psicólogo decirle a mi familia que voy a terapia?
No. Ni siquiera puede confirmar que eres paciente. Solo cambia si tú autorizas el contacto o si un riesgo vital obliga a implicar a tu entorno para protegerte.
¿Tienes una duda concreta antes de dar el paso? En Clínica Danái te explicamos los límites de la confidencialidad antes de que reserves nada y sin que cuentes tu caso: escríbenos y pregunta, y decide después si pides cita en Oviedo sabiendo desde el minuto uno qué sale de esa sala y qué no.

